2 de octubre de 2009

Fiscalidad en la compraventa

Si va a cumplir 65 años, espere a vender
Cuando se tienen 65 años o más, la venta de la vivienda habitual (residencia durante tres años continuados) está exenta de tributación.


Reinversión en vivienda habitual
Si vende su vivienda habitual y reinvierte su importe en una nueva vivienda, no deberá tributar por la ganancia generada en la venta. Ya no se exige que la vivienda vendida sea vivienda habitual en el mismo momento de la venta; es suficiente que lo haya sido en algún momento de los dos años anteriores. Así, si usted todavía no ha vendido su vivienda antigua puede trasladarse a la nueva, pero deberá vender la antigua antes de que transcurran dos años desde el traslado.

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